jueves, 1 de diciembre de 2011
La ANAC denegó la autorización para realizar vuelos “charters” a la empresa chilena PAL Airlines
La ANAC, haciendo uso de sus atribuciones, no dio lugar al requerimiento a fin de preservar la prioridad para la prestación de los servicios en favor de las empresas certificadas para transporte aéreo regular que efectivamente cubren los itinerarios solicitados, en cumplimiento del Decreto 1470/97 del Poder Ejecutivo Nacional que establece que “Los transportadores aéreos de bandera nacional o extranjera, autorizados para operar tráfico comercial en el orden interno y/o internacional de pasajeros, podrán prestar servicios no regulares de transporte aéreo denominados "Charters", destinados al traslado de contingentes turísticos hacia puntos o ciudades fuera del país que no estén efectivamente cubiertos por líneas aéreas regulares”.
En el mismo sentido, la Resolución 205/98 de la Secretaría de Transporte de la Nación, reglamentaria del decreto mencionado, establece que sólo puede autorizarse la actividad “cuando no exista servicio regular de transporte aéreo que los incluya en forma directa o a través de su zona de influencia o cuando el servicio regular resulte insuficiente para atender la demanda respectiva, sea por cuestiones generales, estacionales o de otra índole”.
Fuente: ANAC
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